Cristóbal Dobarro publica un artículo titulado "Leyes con fecha de caducidad"

Uno de los Socios del Despacho ha publicado en la edición del Diario de Ferrol de hoy el siguiente artículo, en relación con la progresiva pérdida de dignidad y valoración de las normas con rango de Ley, y del uso que han venido haciendo los poderes públicos de las mismas:

Leyes con fecha de caducidad

Posiblemente, si Montesquieu o Rousseau levantaran la cabeza, se llevarían una gran decepción. El concepto de Ley como expresión de la voluntad popular, que emanada de los teóricos de la Revolución Francesa permitió el venturoso advenimiento del presente Estado de Derecho, ha sufrido diversos avatares y retoques a lo largo de la historia; que mucho me temo, está atravesando uno de sus episodios menos gloriosos.

En efecto, los movimientos revolucionarios francés y americano supusieron la victoria de la razón sobre la tradición, de la Ley con mayúsculas sobre la voluntad del monarca. Por ello, el concepto de Ley fue elevado a los altares por unos teóricos y unos prácticos que sabían que tales normas emanadas de los Parlamentos, expresión máxima de la voluntad nacional, eran la verdadera piedra angular sobre la que se asentaba el Estado democrático de Derecho.

Pues bien, asumida la función popular de la Ley, parece que en los últimos tiempos estamos observando una progresiva desnaturalización de su concepto, que si bien pudiera ser justificada por la siempre necesaria adaptación del Derecho a la realidad social, no puede olvidarse que la Ley es expresión de la voluntad nacional, y por tanto debe ser tratada con el respeto que se merece.

Sin ninguna duda, las normas con rango de Ley son disposiciones generales que regulan un ámbito determinado, como por ejemplo serían: el Código Civil, las Leyes procesales, las Leyes que regulan sectores como el medio ambiente, la industria, la energía, entre otras. Como se puede comprobar, se tratan de disposiciones que vienen a regular sectores determinados de la actividad humana con un afán de continuidad y destinados a una generalidad de personas.

Sin embargo, progresivamente hemos venido observando cómo los sucesivos Gobiernos vienen haciendo un uso casuístico de las normas de rango legal. El concepto de Ley se devalúa poco a poco, pasando las en su día disposiciones de naturaleza cuasi-sagrada a regular cualquier género de aspectos por muy nimios o concretos que pudieran parecer.

A esta deplorable tendencia, se une otra no menos actual, que supone la utilización de la Ley para formalizar proclamas de buenas intenciones o meros programas políticos, que revestidos de la fuerza y del ropaje legal, se quedan en aguas de borrajas, por cuanto los mismos textos legislativos que hacen tales esfuerzos argumentativos no establecen medios para la efectividad de las mismos.

En estos mismos días, hemos podido conocer el Anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible. Lo mismo sucede que respecto de los otros textos aludidos. No se trata de normas con un afán de durabilidad, de regular un determinado sector de la actividad humana, sino de disposiciones que por su cortoplazismo y limitada perspectiva, más se parecen a un programa de actuación que a una norma legal.

En conclusión, la desnaturalización de las Leyes es un hecho que cada vez se viene produciendo con mayor consistencia. La utilización de las normas con rango de Ley para realizar declaraciones de intenciones, o perspectivas partidistas, debería abandonarse en aras de mantener un edificio legislativo y constitucional coherente, ya que como decía Alexis de Tocqueville “las leyes son reflejo del carácter de los pueblos que las adoptan”.

(*) Cristóbal Dobarro Gómez es abogado y socio del Despacho Dobarro & Sanesteban