Cristóbal Dobarro publica un artículo sobre "Intervención administrativa y entorno familiar"

El Socio del Despacho, Cristóbal Dobarro, ha publicado un artículo en el Diario de Ferrol relativo a la intervención administrativa en relación con la patria potestad sobre menores de edad.

"El artículo 10.1 de la Constitución Española establece que “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”. En estas últimas semanas, hemos tenido conocimiento del caso de un niño orensano, de nueve años de edad, que la Xunta de Galicia ha decidido retirar de la custodia de sus padres, por sufrir un elevado grado de obesidad.

Lamentablemente, lo que a priori pudiera parecer una razonable intervención administrativa en defensa de la salud pública y protección de la infancia se ha convertido en un espectáculo grotesco de auténtico bodevil; con idas y venidas al Juzgado, momentánea desaparición del menor, e inicio de diligencias penales contra los progenitores del niño por sustracción de menores y desobediencia grave.

Ahora bien, ¿cómo debemos valorar la intervención administrativa en este caso? No cabe duda de que cualquier acción tendente a proteger la salud de un menor debe ser aplaudida, pero no es menos cierto que la relación de patria potestad tiene una dimensión personal y familiar, imbricada en la propia intimidad, que hace que cualquier medida en relación con la misma deba ser adoptada como único y último medio eficaz para proteger la salud del menor.

Sin duda, es cierto que la conducta de los padres del niño, permitiendo que su hijo haya descontrolado su dieta y alcanzado tales grados de obesidad, es más que reprobable; pero ello no empece que deba valorarse si la intervención administrativa retirando la custodia a los padres del menor es el único y último recurso posible para la defensa de la salud del menor. En mi opinión, nos encontramos en un caso en que la salud del niño puede ponerse en riesgo a medio o largo plazo. La obesidad padecida por el mismo puede dificultar su desarrollo y provocar el padecimiento de diversas dolencias o enfermedades, pero no de forma inmediata, sino en un plazo de un modo u otro, diferido.

En consecuencia, considero que la Administración sólo debe intervenir con una medida tan radical como la retirada de la patria potestad de los padres del menor, en el caso de que haya un peligro grave e inminente para la salud del niño. Por ejemplo, en los casos de abandono familiar o malos tratos, no puede ponerse en duda tal intervención, porque la no intervención administrativa supondría un grave perjuicio para el impúber. Sin embargo, consentir la intervención administrativa consistente en la retirada del ejercicio de la patria potestad de los padres de este niño, me parece desproporcionado por cuanto el riesgo del menor es cuando menos potencial o futuro, sin que permanecer en compañía de su familia vaya a infligirle un grave y directo perjuicio en el corto plazo.

Por lo tanto, consentir la intervención administrativa y su incursión en el ámbito personal y familiar porque los padres no sean suficientemente buenos cuidando a sus hijos, y sin la existencia de un peligro grave e inminente;, permitiría diversas posibilidades de intervención de la Administración para todos aquellos supuestos en los que los padres no ejercen con debida diligencia la patria potestad. ¿Nos imaginamos a la Administración retirando a un hijo del cuidado de sus padres biológicos porque las ideas o los principios que le transmiten no son los que el Estado persigue? ¿O en el caso de que un hijo no sea diligente en los estudios por presunta dejadez de sus padres? En definitiva, abrir la puerta a la intervención de la Administración en nuestros hogares y familias ante riesgos potenciales puede engendrar un riesgo en sí mismo; el excesivo intervencionismo de la Administración en menoscabo de nuestra dignidad personal y familiar y de nuestras libertades públicas. Y como el preclaro jurista Rudolf Von Ihering decía “el respeto de nuestros derechos debe ganarse día a día”.